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BIENVENIDO A LA HACIENDA DEL SEÑORÍO DE CIFUENTES, BENAHAVÍS, ESPAÑA

REGLAMENTO INTERNO DE LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS

SECCION 1 - GENERAL  

  1. Rogamos tengan cuidado y pongan atención cuando circulen por la comunidad. La velocidad de los vehículos no debe superar los 30km/hora. Los "ceda el paso" deben ser respetados.
  2. Los conductores deben utilizar su sentido común a la hora de aparcar sus vehículos en las calle de la comunidad y mostrar respeto hacia otros, no aparcando en esquinas o bloqueando la calle. Se ruega que utilicen sus plazas de garaje siempre que sea posible.
  3. Cada propietario depositará su basura en los contenedores situados en la entrada de la urbanización. Los contenedores de reciclaje están situados en la parte derecha de la calle pasando
    la rotonda. La basura se depositará en los contenedores y no en la calle.
  4. El Comité y el Administrador son los únicos responsables de gestionar los contratos de los empleados. Cualquier comentario o queja sobre empleados o contratistas, debe ser comunicado por escrito a la Administración o al Comité.
  5. Está prohibido utilizar los servicios y/o bienes comunes para uso privado.
  6. Ropa, toallas, edredones no deben colocarse en los balcones donde sean visibles en la comunidad. Tendederos pueden utilizarse discretamente en las terrazas.
  7. El acceso al tejado está prohibido salvo para personas autorizadas.
  8. Las actividades que causaran ruido o molestias a los vecinos están prohibidas entre las 11.00pm hasta las 8.00am.
  9. Las motocicletas solo se conducirán en las vías públicas dentro y alrededor de la comunidad para acceder al garaje del propietario o inquilino.
  10. Todo propietario que tenga cuotas de comunidad pendientes y por ende no contribuya al mantenimiento de la comunidad, no podrá utilizar las instalaciones (por ejemplo la piscina).

SECCION 2 – TRABAJOS DE ALBAÑILERIA Y/O MODIFICACIONES 

  1. Propietarios que desean realizar trabajos de albañilería en las zonas externas de su propiedad, deben solicitar primero permiso del Comité.
  2. Los trabajos de albañilería realizados sin autorización previa, que afecten a la estética o la fachada del edificio, o causen algún perjuicio a otro vecino o impliquen alguna modificación externa, deberán volver a su estado original.
  3. Los propietarios utilizaran los códigos correctos de pintura para terrazas, pérgolas y pasamanos.
  4. El modelo de cortinas de cristal serán las aprobadas previamente en la Junta General.
  5. Las rejas de las puertas acristaladas colocadas en las terrazas deben ser de color marrón.
  6. No está permitido colocar rejas en las puertas de entrada a la vivienda.
  7. Los toldos serán de color crema.
  8. No se permiten colocar persianas en las ventanas o en las terrazas que tengan colocadas puertas de cristal.
  9. Las puertas de entrada a los apartamentos, no deberán cambiarse ni pintarse en otros colores que pudieran alterar la estética de la zona comunitaria del edificio.
  10. No se permite colocar vallas en las terrazas.
  11. Las antenas parabólicas y/ o antenas grandes, se colocarán en el tejado de los edificios, en las zonas que se han asignado para su colocación y no en las terrazas o paredes.
  12. Los propietarios permitirán la entrada a personas autorizadas para realizar revisiones técnicas o reparaciones que sean necesarias para el mantenimiento en general de los edificios.

SECCION 3- ANIMALES DOMESTICOS

  1. Los perros estarán y/o pasearán siempre acompañados de sus dueños y deberán ir atados con correa.
  2. Ciertas razas de perros (de acuerdo con la legislación española) deben llevar bozal.
  3. Los excrementos de los perros deberán ser recogidos por sus dueños y depositados en el contenedor que hay instalado para ese uso, en la entrada a la comunidad.
  4. Los perros tendrán la debida documentación sanitaria (incluyendo vacuna de la rabia la cual es requerida legalmente en España).
  5. Los propietarios que tengan perros deben evitar que éstos ladren en exceso.
  6. Perros que ladren constantemente serán responsabilidad exclusiva del dueño. Éste debe evitar que su perro moleste en exceso a los demás vecinos.
  7. Además de imponer las sanciones apropiadas para aquellos que incumplan estas normas, el comité puede llamar a servicios municipales para que recojan estos perros.
  8. Los propietarios que alquilen sus viviendas (ya sea de corta o larga temporada) deben comunicar a sus inquilinos que la política estricta de la Comunidad prohíbe expresamente “la tenencia de animales domésticos”. Aquella persona que alquile una vivienda en Señorío de Cifuentes después del 14.6.17 no se le permitirá tener animales domésticos en la comunidad.
  9. Inquilinos que ya vivían en Señorío de Cifuentes antes del 14.6.17 pueden seguir teniendo su mascota siempre y cuando que éstos estén registrados en la comunidad. No se permitirá la entrada de nuevas mascotas a la comunidad.
  10. Todos los propietarios deben registrar a sus perros ante el Comité (y también los perros de sus inquilinos).

SECCION 4 – EL USO DE ASCENSORES

  1. Todos los edificios tienen un ascensor y en ningún caso se puede exceder de la capacidad indicada en el mismo (peso total o número de personas dentro del mismo).
  2. Está totalmente prohibido fumar dentro de los ascensores.
  3. Niños menores de 12 años no deben utilizar el ascensor a menos que vayan acompañados de un adulto.
  4. Está prohibido utilizar el ascensor para mover objetos y/o paquetería que sobrepase el peso y/o capacidad del ascensor o que puedan alterarlo o dañarlo.
  5. En ningún caso se permite que los vecinos utilicen el ascensor para uso privado (mover muebles, materiales de construcción, u otros materiales) que pudieran causar daños o deterioro al mismo.
  6. Cuando se emplee para el uso arriba mencionado, el propietario debe procurar dejarlo limpio y en su estado original.
  7. Rogamos utilicen el teléfono dentro del ascensor para informar de averías y evitar manipular cualquier mecanismo del mismo en estos casos.

SECCION 5 – PISCINAS Y ZONA DE PISICINAS

  1. Rogamos que lean y cumplan las normas relacionadas en la entrada de la piscina.
  2. Las piscinas comunitarias están generalmente abiertas desde el 1 de Mayo hasta el 30 de Septiembre. Una de las piscinas estará abierta desde Semana Santa hasta finales de Octubre.
  3. Las piscinas están abiertas desde el amanecer hasta el anochecer. Sin embargo, se les informa a los propietarios que éstas no se limpian antes de las 10 a.m.
  4. Los accesos a la piscinas están cerrados mediante una valla perimetral o verja. Los propietarios, sus invitados o inquilinos deben asegurarse de tener la llave. La verja se mantendrá cerrada en todo momento.
  5. En ningún caso se permite la manipulación del vallado perimetral o verja para acceder a la piscina. 
  6. Está prohibido saltar la vallado perimetral o verja para acceder a la piscina.
  7. Los menores de 12 años deberán ir acompañadas de un adulto.
  8. Es obligatorio ducharse antes de usar la piscina.
  9. Se debe utilizar ropa de baño adecuada.
  10. Flotadores, pelotas de piscina, etc se utilizarán con cuidado y no se dejarán en el área
  11. Los comportamientos molestos no estarán permitidos cuando afecten a los demás bañistas.
  12. Está prohibido fumar en la zona de la piscina.
  13. Ni comida ni bebida se llevará a la zona la piscina.
  14. Las mascotas están prohibidas en la zona de baño.
  15. Existen tumbonas en la zona de piscina por lo cual no es necesario llevar alguna.
  16. Las tumbonas no se reservan.
  17. El Comité se reserva el derecho de admisión para aquellas personas que causen molestias o daño a otros bañistas.

SECCION 6 – ALQUILER DE LARGA TEMPORADA

  1. Los propietarios son responsables del comportamiento de los inquilinos en todo momento, responsabilizándose de que sus inquilinos cumplan y respeten las normas de la comunidad.
  2. Cualquier incumplimiento de una norma por parte de un inquilino, será responsabilidad el propietario, quien asumirá los costes, gastos o recursos de los daños que ocasione.

SECCION 7 – USO DE GARAGES Y TRASTEROS

  1. Los propietarios solo utilizarán las plazas de garaje que sean de su propiedad. 
  2. Los propietarios informarán a sus inquilinos de las plazas asignadas a la vivienda.
  3. Está totalmente prohibido utilizar la plaza de garaje para reparar el vehículo.
  4. Está totalmente prohibido instalar enchufes eléctricos en los trasteros, que solo se utilizaran para guardar materiales no inflamables.

SECCIÓN 8 – CUOTAS COMUNITARIAS

  1. Las cuotas comunitarias se cobrarán trimestralmente de acuerdo con el presupuesto acordado. Los recibos deben pagarse por domiciliación bancaria o en el momento de recibir el aviso de pago de la cuota. Si el pago no se recibe en un plazo máximo de 7 días laborables a partir de la fecha de emisión del recibo de la cuota, nuestros administradores harán un seguimiento del deudor.
  2. Si el pago no se ha hecho al final del primer mes del calendario, se convierte en una deuda vencida y se impondrá una multa del 5% mensual de la deuda pendiente. El 5% se cargará al cierre del balance el último día hábil del mes y se cobrará sobre la deuda total, no sólo sobre la deuda del trimestre actual.
  3. Si la deuda no se paga después de los 3 primeros meses naturales, ésta pasará o a un recaudador de deudas del Reino Unido o a un abogado español - lo que sea más conveniente. El coste de la Compañía recaudadora y / o abogado también se agregarán a la deuda. Los saldos pendientes de menos de 50 € no estarán sujetos a la norma anterior.

Este Reglamento Interno complementará a lo estipulado en los Estatutos y no tiene por objeto el alterar el poder de los Estatutos. En caso de discrepancia, prevalecerán los Estatutos y serán los
Estatutos los que se apliquen.

El Reglamento Interno entrará en vigor al día siguiente de su aprobación en la Junta General Ordinaria celebrada el 14 de Junio del 2017.

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